Trámites aduaneros: Las inspecciones físicas en la aduana en la importación y exportación
Cuando las mercancías se presentan al punto de entrada previsto para su acceso al territorio español deben pasar por el despacho de Aduanas, un trámite que depende de la Agencia Tributaria del Estado. Es una condición indispensable para que la mercadería entre finalmente al país y pueda circular sin restricciones dentro de las fronteras nacionales. Pero para que una mercancía sea despachada, ésta debe cumplir con una serie de requisitos para que los agentes de Aduanas den el visto bueno para que siga su camino.
La comprobación de la carga por parte de la Agencia Tributaria supone una serie de costes que encarecen el precio del transporte de la mercancía. Esto es debido a que los contenedores con la mercadería concreta deben ser trasladados al PIF (Punto de Inspección Fronterizo), para realizar la revisión física.
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El control físico en la aduana
Antes de la llegada de la mercancía, un representante aduanero hace llegar por vía informática a la aduana la declaración de las mercancías que tiene a su cargo. A partir de esa información, la aduana asigna un canal a cada mercadería que se le presenta.
Se marca un canal para cada mercancía de acuerdo con el riesgo que ésta conlleve y la exigencia de que sea revisada. Entre algunos factores que influyen en la asignación se encuentran la identidad del exportador o las referencias que tenga la aduana sobre fraude en ese tipo de productos.
Los agentes aduaneros tipifican tres tipos distintos de canales para las mercancías:- – Canal verde de levante inmediata: La mercancía se despacha con una autorización automática. No existe necesidad de revisión.
- – Canal Naranja de reconocimiento documental: La aduana exige una comprobación de los documentos que trae consigo la carga. Los agentes revisan que los datos de la mercancía sean adecuados y coherentes. La mercancía es autorizada si la comprobación es correcta.
- – Canal Rojo de reconocimiento físico: Los servicios aduaneros demandan hacer una revisión física de la mercancía. Se revisa que la información aportada en la declaración coincida con lo que se inspecciona físicamente. Si el chequeo tiene un resultado favorable, se expide un levante de la mercancía.
La comprobación de la carga por parte de la Agencia Tributaria supone una serie de costes que encarecen el precio del transporte de la mercancía. Esto es debido a que los contenedores con la mercadería concreta deben ser trasladados al PIF (Punto de Inspección Fronterizo), para realizar la revisión física.
Trámites y controles complementarios paraduaneros
El control y la inspección sobre las mercancías y productos son dependientes de la Agencia Tributaria. Sin embargo, existen controles físicos en la frontera, de tipo paraduanero, que no son realizados por los agentes de aduanas. En este caso, la revisión de esas mercancías reside en los distintos ministerios dependientes del Gobierno, según el tipo de control que se ejerza sobre el producto:
• Control veterinario: El Ministerio de Sanidad realiza una revisión sobre mercancías de animales vivos y productos derivados de procedencia animal. Si el producto en cuestión que llega a España ya ha pasado por algún otro país, no será necesario este trámite, dado que debe ser realizado por el primer país de la UE por el que pase dicha mercancía. También se controlan productos de procedencia animal y con finalidad de consumo animal.
• Inspección sanitaria: El Ministerio de Sanidad lleva a cabo una inspección física a productos cuyo fin es el consumo humano, y cuya procedencia sea de países no pertenecientes a la Unión Europea.
• Revisión de productos farmacéuticos: El Ministerio de Sanidad controla los riesgos para la salud de los consumidores que puedan existir en mercancías que tengan relación con fines de tipo farmacéutico, tanto en la importación como en la exportación de esas mercaderías. Algunos de esos productos que se deben someter a revisión son, por ejemplo, los productos de higiene personal, o los elementos que componen los medicamentos destinados a consumo humano.
• Control CITES: Es una revisión estipulada por el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). El convenio vigila el tránsito comercial de especies silvestres, así como de sus productos derivados. Entre otros, se inspeccionan plantas y animales, estén vivas o muertas.
• Inspección fitosanitaria: Se controlan organismos que puedan perjudicar a los vegetales o seres vivos que habitan en territorio nacional. En este caso, se revisan plantas o partes de ellas, o productos químicos con fines relacionados con la agricultura y control de plagas.
• SOIVRE: Se trata del Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones, dependientes del Ministerio de Economía y Empresa. Consiste en la expedición de un certificado de control referente a que el producto cumpla con los requerimientos de calidad que se establecen, así como de su embalaje y especificaciones técnicas.
Asesorarse es salir ganando
La mayoría de las mercancías que llegan a nuestro territorio reciben un levante y son despachadas sin problemas. Sin embargo, los controles pueden retrasar el traslado de tus productos y encarecer el coste, por lo que es recomendable contar con un correcto asesoramiento en materia de aduanas. Un buen conocimiento de nuestra mercancía y de los trámites que se deben superar es clave para que el paso por la aduana sea favorable para nuestros intereses.The post Trámites aduaneros: Las inspecciones físicas en la aduana en la importación y exportación appeared first on Gecotex.
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