Certificado de origen

Seguramente has escuchado sobre las preferencias arancelarias que se les otorgan a ciertas mercancías, pero… ¿sabes a qué corresponde este trato preferencial?

Primero, es importante definir que una preferencia arancelaria corresponde a la reducción o eliminación de los impuestos de importación concedida por un país a otro en el marco de un Tratado de Libre Comercio y/o acuerdo comercial.

Dentro del tratado correspondiente se establecerán reglas de origen cuya finalidad es fijar sistemas arancelarios preferenciales para mercancías que las cumplan y establecen los criterios necesarios para determinar el origen de un producto (nacional o regional), de tal manera que definirán cuáles mercancías gozarán del trato preferencial y además, incluirán los procedimientos de certificación y verificación del origen.

¿Cómo se acredita que un bien es originario de cierta nación o región?

El certificado de origen es el documento que probará el país o región de donde es originaria la mercancía y claro, será la base para obtener una preferencia arancelaria. Sin embargo, el certificado de origen NO es un formato único aplicable de forma general a todos o varios tratados, por el contrario, se establece -cada tipo- dentro de los tratados o acuerdos comerciales firmados por México.

¿Cómo obtener un certificado de origen?

Para poder determinar una mercancía como originaria primero deberá realizar un trámite llamado certificación de origen, el cual puede llevarse a cabo -según corresponda y se estipule en cada uno de los tratados- bajo cualquiera de los dos siguientes supuestos:

Supuesto 1.

Cuando en el tratado o acuerdo se establezca que el certificado de origen aplicable -para el tratamiento preferencial- únicamente debe ser llenado y firmado por el exportador o productor de dicho bien, entonces se le conocerá como certificado de libre reproducción, ya que solo necesitará ser validado por el exportador.

Bajo esta condición, los tratados o acuerdos a los que les aplica son[1]:

  • Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
  • Tratado de Libre Comercio entre México y Chile.
  • Tratado de Libre Comercio entre México e Israel.
  • Tratado de Libre Comercio entre México y Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua
  • Acuerdo de Complementación Económica N 66 celebrado entre México y Bolivia

Supuesto 2.

Cuando en el tratado o acuerdo se establezca que el certificado de origen aplicable -para el tratamiento preferencial- debe ser llenado y firmado por el exportador o productor, y, además, firmado y sellado por la autoridad competente[2], se entenderá que para el certificado es necesaria una validación oficial por parte de la autoridad competente.

A la importación.

El certificado de origen a la importación puede cumplir con cualquiera de los dos supuestos anteriores, según el tratado o acuerdo del que se trate

Bajo el primer supuesto, procede lo siguiente:

A la exportación.

A la exportación, el certificado de origen también podrá cumplir cualquiera de los anteriores supuestos, no obstante, se debe considerar lo siguiente:

Bajo el primer supuesto:

Bajo el segundo supuesto:

Se debe cumplir con un registro de productos y la validación del certificado, proceso que se lleva a cabo por medio de la Ventanilla Única.

Registro de Productos

Es el trámite que deben realizar los exportadores con la finalidad de presentar la información correspondiente para que la Secretaría de Economía verifique si los productos a exportar califican como originarios conforme a los requisitos establecidos en las reglas de origen del tratado o acuerdo del que se trate.

Validación del certificado

Ahora bien, una vez que se ha realizado el registro de productos y la autoridad ha autorizado el producto como originario se podrá solicitar la validación del certificado de origen aplicable al tratado o acuerdo correspondiente para obtener la preferencia arancelaria del país de destino.

Bajo esta condición los tratados o acuerdos a los que les aplica son[1]:

  • Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia
  • Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea
  • Tratado de Libre Comercio entre México y Uruguay
  • Tratado de Libre Comercio entre México y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio
  • Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón
  • Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú
  • Tratado de Libre Comercio entre México y Panamá
  • Acuerdo de Complementación Económica N.º 6 celebrado entre Argentina y México
  • Acuerdo de Complementación Económica N.º 51 celebrado entre Cuba y México
  • Acuerdo de Complementación Económica N.º 53 entre Brasil y México
  • Acuerdo de Complementación Económica N.º 55 celebrado entre el Mercosur y México
  • Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación N.º 29, celebrado entre Ecuador y México
  • Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación N.º 38, celebrado entre México y Paraguay
  • Acuerdo de Alcance Parcial de Preferencia Arancelaria Regional N.º 4 (ALADI).
  • Países que nos otorgan preferencia arancelaria en el marco del Sistema Generalizado de Preferencias, SGP: Canadá, Nueva Zelandia, Rusia y Bielorrusia

Entonces, queda por entendido que las preferencias arancelarias otorgadas por otros países responden al origen de las mercancías acreditado por el certificado de origen, el cual se establece dentro de cada uno de los tratados comerciales y se otorga solo para aquellas mercancías que cumplan con las reglas de origen igualmente establecidas por las partes.


[1] Secretaría de Economía, 14 de marzo de 2016 https://ift.tt/2LgT7cg

[2] Podrán ser instituciones, organismos o incluso cámaras de comercio que estén autorizadas para tal efecto.

[3] Secretaría de Economía, 14 de marzo de 2016 https://ift.tt/2LgT7cg



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