“Fe de hechos”, Programa IMMEX y Prosec

Hasta la fecha, la Secretaría de Economía ha realizado una simplificación del 75% de los 700 mil trámites anuales de comercio exterior.  Y claro, entre estos se encuentran los relacionados con el Programa IMMEX y PROSEC, cuya finalidad es proporcionar alternativas para la gestión de solicitudes y el cumplimiento de ciertos requisitos.

En el mes de junio de 2019, la Secretaría de Economía determinó aquellos trámites que podrían realizarse a través de la VUCEM y/o por correo electrónico.

Dichos trámites los podemos encontrar listados en el Portal del SNICE[1], en cual también se detalla el procedimiento a seguir para estos y entre los que encontramos también los correspondientes a los programas de fomento.

De igual forma, se abrió una alternativa para los usuarios respecto a la presentación y/o envío de la “fe de hechos”, requisito adicional para aquellos que soliciten la autorización de alguno de los siguientes trámites determinados por la (SE) respecto al Programa IMMEX y PROSEC.

“Fe de hechos”

Su finalidad es constatar que los interesados en solicitar una ampliación de Programa, un cambio de domicilio fiscal, autorización de un Programa, entre otros; cuenten con la infraestructura para realizar los procesos productivos o de servicios, señalando entre otras cosas:

  • Las características, condiciones y detalle de las instalaciones (anexando apoyo fotográfico)
  • Estatus de posesión del inmueble y los documentos que lo acrediten como propietario.
  • Inventario de la maquinaria, equipo y/o mobiliario mediante el cual se realicen los procesos.

Esta alternativa nace de las dificultades que se presentaban para las visitas de verificación que llevaba a cabo la autoridad.

Anteriormente, se practicaban visitas programadas a los solicitantes a fin de verificar e inspeccionar las instalaciones, así como recabar información y documentación necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas para estos programas.

En la actualidad, se contempla que un fedatario público emita constancia de la infraestructura con la que cuenta el interesado con la finalidad de resolver su solicitud de trámite (el que corresponda) y con la actual simplificación de trámites, permite y obliga al interesado a realizar el envío por medio de VUCEM.

Para lo cual, a partir de enero de 2020, se puede adjuntar en la VUCEM, hasta en cuatro archivos diferentes con una capacidad de 10 MB cada uno, la “fe de hechos”. Esto como consecuencia de las dificultades que se presentaban para su envío derivado de la magnitud de la información emitida.

Finalmente, en caso de qué la carga de documento o requisito no se encuentre contemplado dentro de los apartados en la VUCEM, la Secretaría de Economía pone a disposición un correo electrónico para el envío de la documentación correspondiente para el cumplimiento de obligaciones y requisitos.

Escrito por Libertad Rivera


[1] Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE): https://ift.tt/2Hk732I



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